FORMULARIO SBDAE-01

Aviso de Contratación de  Auditores Externos del Banco o de la Propietaria de Acciones Bancarias
(Acuerdo 4-2010 y sus modificaciones)

 

La junta directiva del sujeto regulado o el gerente general, designará dentro de los tres primeros meses de su año fiscal la firma de auditores externos que llevará a cabo la función de auditoría externa para el nuevo período fiscal. El sujeto regulado notificará a la Superintendenciael nombre de la firma de auditores externos designada, lo cual se realizará dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a su designación. (Artículo 8, párrafo primero del Acuerdo 4-2010 y sus modificaciones).

Nombre del Banco
Firma de auditores externos que contratará    
Fecha de designación de auditores externos


Cierre de Período Fiscal     

Evidencia de la gestión de la calidad de la firma y sus políticas de independencia

 

 

Los sujetos regulados, para asegurarse de la competencia de las firmas auditoras y la calidad de su trabajo, solicitarán a éstas la evidencia de la gestión de calidad de las firmas que establece la Norma Internacional de Gestión de la Calidad (NICG) 1, además de sus políticas de independencia, evidencias éstas que deberán remitir a la Superintendencia al momento de aviso de contratación.

 

Esta Superintendencia se reserva el derecho de solicitar el historial de calidad (resultados de revisiones de calidad internas y externas, amonestaciones y sanciones) de la firma de auditores externos, del socio encargado de la auditoría, del socio de calidad y de los gerentes que participen en la auditoría del sujeto regulado.

                                             

La información a la cual hace referencia el párrafo anterior también podrá ser presentada a esta Superintendencia por la firma de auditores externos previo acuerdo con el sujeto regulado auditado.

 

La firma de auditores externos podrá remitir la información solicitada en el párrafo anterior en una misma comunicación en relación con un sujeto regulado o, en relación con varios sujetos regulados a los cuales se les presta el servicio de auditoría.” (Artículo 8, Acuerdo 4-2010 y sus modificaciones).



Favor indicar si la evidencia de la gestión de la calidad y políticas de independencia de la firma auditora serán remitidas por *:

* El detalle de esta información se deberá remitir a través del correo electrónico superbancos@superbancos.gob.pa, haciendo referencia en el asunto “Acuerdo 4-2010, artículo 8: Informe sobre la gestión de la calidad de la firma de auditoría externa).“

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