SUPERINTENDENCIA DE BANCOS DE PANAMÁ

FORMULARIO SBDAE-01

Aviso de Contratación de  Auditores Externos del Banco o de la Propietaria de Acciones Bancarias
(Acuerdo 4-2010, modificado por el Acuerdo 9-2010)

 

“La junta directiva del sujeto regulado o el gerente general, designará dentro de los tres primeros meses de su año fiscal la firma de auditores externos que llevará a cabo la función de auditoría externa para el nuevo período fiscal. El sujeto regulado notificará a la Superintendenciael nombre de la firma de auditores externos designada, lo cual se realizará dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a su designación”. (Artículo 8, párrafo primero, Acuerdo 4-2010, modificado por el Acuerdo 9-2010).

Nombre del Banco
Firma de auditores externos que contratará    
Fecha de designación de auditores externos


Cierre de Período Fiscal     

Evidencia del control de calidad de la firma y sus políticas de independencia

 

 

“Los sujetos regulados, para asegurarse de la competencia de las firmas auditoras y la calidad de su trabajo, solicitarán a éstas la evidencia de control de calidad de las firmas, además de sus políticas de independencia, evidencias éstas que deberán remitir a la Superintendencia al momento de aviso de contratación.

                                             

La información a la cual hace referencia el párrafo anterior también podrá ser presentada a esta Superintendencia por la firma de auditores externos previo acuerdo con el sujeto regulado auditado…” (Artículo 8, Acuerdo 4-2010, modificado por el Acuerdo 9-2010)."



La evidencia de control de calidad y políticas de independencia de la firma auditora son remitidas por:



Contraseña del Banco